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El mosso herido por el 'pistolero de Tarragona' reclama una indemnización a la Generalitat

El agente se acogerá a una sentencia del Supremo que obliga a la Administración a resarcir los daños en caso de que los agresores no puedan afrontarla

El mosso herido por el ‘pistolero de Tarragona’ reclama una indemnización a la Generalitat

Marin Sabau, el 'pistolero de Tarragona'. | TO

La defensa del mosso d’Esquadra agredido por Marin Eugen Sabau, más conocido como el ‘pistolero de Tarragona’, fallecido a causa de la eutanasia que le ha sido practicada este martes en el Hospital Penitenciario de Terrasa, ha iniciado los trámites para reclamar a la Generalitat de Cataluña una indemnización que resarza los daños sufridos por el policía catalán, según ha podido saber THE OBJECTIVE. El criminal abrió fuego contra el agente cuando huía tras perpetrar un robo a punta de pistola en la oficina en la que trabajaba.

El abogado del sindicato USPAC, Jose Antonio Bitos, da este paso después de casi dos meses en los que ha tratado de paralizar el proceso de muerte asistida a este recluso «por vulnerar el derecho a la tutela judicial efectiva» de su cliente. Los tribunales, sin embargo, han resuelto siempre en favor del reclamante de eutanasia, que quedó tetrapléjico tras ser abatido por el cuerpo de élite de los Mossos d’Esquadra. De este modo, Sabau, exvigilante de seguridad, no será juzgado por el delito de homicidio imprudente, tenencia ilícita de armas y otro de atentado contra agentes de la autoridad que le imputó la Fiscalía tras herir a tres compañeros y a un mosso.

«No le negábamos el derecho a morir, pero sí que se le autorizase después de que se hubiese celebrado el juicio». «A nuestro juicio, debía asegurarse la tutela judicial efectiva de las víctimas, y si era necesario dar preferencia a esta causa y adelantarla, dadas las circunstancias», denuncian desde el sindicato policial a este periódico. Pese al rechazo de los recursos en los tribunales contra la muerte voluntaria de Sabau, todavía queda una vía abierta, en el caso del funcionario, ya que hay jurisprudencia que avala que sea la administración quien abone una indemnización en caso de que los agresores hayan fallecido o no puedan afrontarla.

«Principio general de resarcimiento»

Se trata de la una sentencia dictada, en junio de 2020, por la Sección Cuarta de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. Este fallo consolida el denominado «principio general de resarcimiento o indemnidad», que establece que quieres sirven a la Administración no actúan en interés propio sino en el de todo ciudadano, por lo que si sufren algún daño o perjuicio en el servicio, «deben ser resarcidos directamente por la propia Administración en cuyo nombre actúan». 

El origen del dictamen fue la reclamación de un mosso que sufrió lesiones en una intervención policial por parte de dos menores, quienes fueron fueron condenados por los hechos, pero posteriormente declarados insolventes. Ante la imposibilidad de pagar al afectado en concepto de responsabilidad civil, el policía catalán reclamó esa cantidad a la Generalitat, que también se la denegó. 

El siguiente paso de este agente fue interponer un recurso contencioso-administrativo, tras lo que un juzgado le reconoció el derecho a ser indemnizado. La cuestión, sin embargo, no quedó aquí. La Administración recurrió en casación ante el Tribunal Supremo, pero desestimó el recurso y no solo confirmó el derecho del agente, sino que fijó una doctrina aplicable a todas las fuerzas y cuerpos de seguridad. Es decir, a la que se pueden acoger policías nacionales, guardias civiles, agentes autonómicos y locales, tal y como hará la defensa del mosso herido por el ‘pistolero de Tarragona’ en su reclamación ante la Generalitat.

Endurecer el marco legal

La concesión de la eutanasia a Marin Eugen Sabau ha estado rodeada de polémica e incluso ha despertado el debate entre algunos juristas días antes de que se le suministrase. «¿Qué pasaría si en lugar de ese recluso hubiese pedido la eutanasia un interno acusado de terrorismo yihadista por un atentado con decenas de víctimas?», reflexionan y advierten algunas fuentes policiales. Los juristas plantean la posibilidad de restringir el acceso a la eutanasia en determinados casos, como el de este interno, que finalmente no será juzgado; pero lo ven «complicado» al estar este derecho vinculado a valores constitucionales de la máxima importancia.

«Desde el punto de vista de la legislación actual, y así se ha resuelto por los tribunales, no se puede limitar o restringir el derecho a esta persona a la eutanasia puesto que cumple con los requisitos médico-legales que establece la ley y no existe un derecho de la víctimas a que esta persona sea obligatoriamente enjuiciada si se produce antes su fallecimiento», sostienen desde la Asociación Judicial Francisco de Vitoria. 

De este modo, el debate está en hasta qué punto puede prevalecer el derecho de cualquier ciudadano acusado a la eutanasia sobre los que pueden tener otras personas, como son víctimas de delitos graves. «Hay que encontrar un punto de equilibrio, después de un debate ético, social, político, que llegue hasta los legisladores», sostienen fuentes jurídicas. No obstante, las mismas fuentes ven «complicado» que se puedan establecer restricciones «de carácter absoluto» basándose en el «hipotético derecho de las víctimas por muy grave que sea el delito que se ha cometido». 

El porqué está en la propia ley, aducen las fuentes. «Al final, tal y como está configurada la norma, la eutanasia está vinculada a valores constitucionales de la máxima importancia: la dignidad humana o la libertad de tomar decisiones. Por tanto, solamente limitaciones o restricciones que estuvieran pensadas para proteger derechos o valores de igual importancia podrían impedir que una persona que cumple los requisitos recibiera la muerte asistida». 

De darse esta tesitura, una reforma «podría endurecer el marco legal para que las condiciones de acceso fuesen más restringidas», sostienen las fuentes consultadas. Aunque «ven difícil» llegar hasta el punto de impedir a una persona acceder al derecho a una muerte digna. Desde la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), también coinciden en la dificultad de este escenario. «El derecho a la eutanasia se concibe en la ley como un derecho del ciudadano vinculado a su voluntad y dignidad; limitar ese derecho a un criminal es ciertamente complicado», sostienen.

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