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El Gobierno puede frenar de forma inmediata las leyes catalanas contra el 25% de castellano

El artículo 77 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional prevé que la impugnación del Gobierno a una ley autonómica tenga efectos inmediatos

El Gobierno puede frenar de forma inmediata las leyes catalanas contra el 25% de castellano

La providencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) emplazando a la Fiscalía y demás partes afectadas a presentar sus alegaciones sobre la constitucionalidad del decreto contra el 25% de castellano del Govern vuelve a interpelar al Gobierno de Pedro Sánchez. El Ejecutivo central es el único que tiene en sus manos suspender de forma automática la norma catalana -y, en consecuencia, mantener la ejecución forzosa de la sentencia- mediante la interposición de un recurso de inconstitucionalidad en el Tribunal Constitucional.

El resto de partes implicadas, ya sea la Asamblea por una Escuela Bilingüe -como parte legitimada en el proceso judicial-, o los partidos políticos o 50 diputados y senadores, pueden presentar también sus recursos, pero solo la impugnación del Gobierno tiene la particularidad de poder frenar el decreto ipso facto.

El artículo 161.2 de la Constitución, de acuerdo con el artículo 77 de la Ley Orgánica de Tribunal Constitucional, prevé que si el Gobierno impugna una disposición o resolución de una comunidad autónoma el Tribunal Constitucional debe suspender automáticamente su vigencia y pronunciarse sobre la suspensión de forma definitiva en un plazo máximo de cinco meses. Esto no impide que se pueda tomar la misma determinación si son otras las partes que impugnan, pero no de forma inmediata ni ni por imperativo legal.

Fuentes implicadas en el juicio explican a THE OBJECTIVE que ahora que el TSJC ha contemplado que el Decreto Ley 6/22 y de la Ley 8/22 tiene «vicios de inconstitucionalidad» el Ejecutivo podría, a través de la Abogacía del Estado, impugnar el decreto con el fin de que se cumpla la legalidad en las aulas de Cataluña.

El papel del PSC

Desde el Ministerio de Educación siempre han mantenido la posición de mínimos de que no se va a «incumplir» la legalidad en ningún caso. Pero, pese a que la sentencia del 25% se originó por una denuncia de la Abogacía en 2015 durante la etapa del gobierno de Mariano Rajoy, el Ejecutivo central se ha inhibido de todo el proceso y no solicitaron un incidente de ejecución de la sentencia cuando se agotó el plazo para que el Govern la aplicara de forma voluntaria. Su razonamiento es que no se ha consumado ninguna ilegalidad por parte de la administración catalana y que la cuestión está abierta en los tribunales.

Además, el hecho de que el PSC haya sido uno de los principales artífices de la nueva Ley del catalán (Ley 8/22) -aunque no diera su apoyo al Decreto 6/22- que intenta esquivar el fallo del 25% dificulta que el Gobierno decida ahora dar un giro y asumir la defensa de los alumnos castellanohablantes que exigen desde el constitucionalismo civil.

Las fuentes consultadas por este diario creen que no se producirá ningún cambio en la línea mantenida hasta la fecha por el Ejecutivo de Pedro Sánchez, que dejará que transcurran los diez días para que sean el resto de partes involucradas quienes presenten sus recursos de inconstitucionalidad.

Sin porcentajes de castellano

Los magistrados del TSJC señalan que la sentencia del 25%, de inicios de año, es incompatible con el nuevo decreto del Govern que fija la «inaplicación» de porcentajes en los proyectos lingüísticos de las escuelas y con la nueva Ley sobre uso y aprendizaje de lenguas oficiales, que establece el catalán como la lengua normalmente empleada como «vehicular» y fija el castellano como «lengua curricular» que se utilizará en los términos establecidos en los proyectos lingüísticos de los centros, sin fijar porcentajes.

El 31 de mayo la Generalitat pidió al tribunal que declarara la imposibilidad legal de ejecutar la sentencia dado el nuevo marco normativo, pero la Asamblea por una Escuela Bilingüe se opuso a ello a la vez que pidió que el tribunal fijara que la Conselleria de Educación no había cumplido la orden de aplicar la sentencia.

Sin multa diaria para el ‘conseller’

Desde la AEB lamentan que se dilate el proceso y también instan al Gobierno a impugnar las leyes catalanas con el fin de que se dé cumplimiento a la sentencia en firme del 25% de castellano.

La entidad presidida por Ana Losada no ha logrado que el TSJC estimara una multa diaria de 1.500 euros para el consejero de Educación, Josep González Cambray, pero afirman que seguirán movilizándose para «acabar con el sistema de inmersión lingüística» en las escuelas de Cataluña.

Dilatar los tiempos

Como informó en su momento THE OBJECTIVE, la estrategia del Departamento de Educación es que si se presenta un recurso de inconstitucionalidad ante la nueva norma se gane tiempo -incluso años- hasta que el Tribunal Constitucional resuelva la cuestión. 

El Tribunal Constitucional tiene establecido el derecho a la ejecución de las sentencias como derecho constitucional fundamental amparado por el artículo 24 de la Constitución como derecho a la tutela judicial efectiva. El Alto Tribunal tiene consagrado el principio de que las sentencias deben ejecutarse en sus propios términos así como el derecho a la invariabilidad de las resoluciones judiciales firmes.

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