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Interior nombró subdirectora de la cárcel de Sevilla II a una funcionaria en prácticas

En su último informe, el Defensor del Pueblo denuncia que esta técnico hacía prácticamente todas las labores del cargo e incluso ocupaba un despacho

Interior nombró subdirectora de la cárcel de Sevilla II a una funcionaria en prácticas

Celdas de la cárcel Sevilla II, situada en Morón de la Frontera. | EFE

La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, dependiente del Ministerio del Interior, nombró como subdirectora de tratamiento de la cárcel de Sevilla II, en Morón de la Frontera, a una funcionaria del Cuerpo Superior de Técnicos de IIPP cuando todavía estaba completando su periodo de formación en el mencionado centro. Una designación irregular que denuncia el Defensor del Pueblo en el último informe que ha hecho público del Mecanismo Nacional de Prevención (MNP), y que también confirman fuentes penitenciarias a THE OBJECTIVE. Este organismo visitó el pasado año quince prisiones para supervisar su funcionamiento interno, así como el trato que reciben los presos por parte de los trabajadores penitenciarios. 

En el documento, esta institución relata que durante la visita al centro penitenciario Sevilla II, el MNP «constató que la subdirección de tratamiento estaba vacante aquellos días». Sin embargo, en la práctica no era así. Este organismo descubrió que, en realidad, las funciones de este puesto «estaban siendo desempeñadas por una funcionaria en fase de prácticas para el acceso al cuerpo superior». 

Esta responsable, aunque en la sombra, ocupaba el despacho correspondiente de la subdirección de tratamiento de la prisión y, según informó la dirección al Mecanismo Nacional de Prevención, desempeñaba todas las funciones del puesto «a excepción de la firma y las incidencias». Ante esto, el MNP formuló un escrito en el que recordó «sus deberes legales» a las Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, que fue aceptado por esta institución. 

«Los principios de igualdad, mérito, capacidad, transparencia, legalidad y seguridad jurídica deben de presidir todo procedimiento de concurrencia competitiva que se celebre en cualquier Administración Pública, así como ser tenidos presentes para cubrir una determinada plaza. Igualmente, los empleados públicos tienen derecho a la formación y, por ello, a completar su periodo de formación», dice el escrito que el Defensor del Pueblo remitió a IIPP. 

12 meses de prácticas

Sobre el periodo de prácticas, en las bases del proceso selectivo del Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias se establece que «tendrá una duración total inferior a 12 meses y se dividirá en dos fases». Una primera que consiste en la impartición de un curso formativo» y una segunda, que trata de las prácticas en centros penitenciarios. 

En relación a esta última, las bases sostienen que tras este periodo el técnico será calificado con «apto» o «no apto», «siendo necesaria la calificación de apto para superar esta fase y el periodo de prácticas completo». Además, dice el reglamento, las asistencias en este periodo «son de carácter obligatorio», y para obtener la calificación de «apto» será «imprescindible» que el aspirante haya realizado, al menos, «el 80% del total de las jornadas lectivas de esta segunda fase, con independencia de las causas que hayan motivado la ausencia». 

La prisión sevillana, sin embargo, se saltó esta normativa y la funcionaria en cuestión ejerció las labores de subdirectora de la prisión sin haber terminado su periodo de prácticas, y sin haber recibido, por tanto, el apto necesario para acceder al cuerpo superior. Respecto a este punto, los centros penitenciarios deben hacer una propuesta de calificación a un órgano de IIPP, que es el encargado de hacer la evaluación final. Una vez finalizado y superado el periodo de prácticas, los funcionarios deberán permanecer en los «centros penitenciarios desempeñando todas las funciones inherentes al Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias, hasta la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de su nombramiento como funcionarios de carrera». 

Más días de descanso

Directrices que no se cumplieron con esta responsable, la cual, después de ejercer en la sombra este cargo, fue designada formalmente subdirectora de tratamiento de la prisión sevillana. Un puesto que mantiene en la actualidad, y por el que, en cualquier caso, la plantilla de funcionarios de prisiones la valora positivamente: «Es de lo mejor que hemos conocido como mando en una prisión en los 15 años que algunos llevamos aquí», sostienen empleados penitenciarios a este periódico. 

El Mecanismo Nacional de Prevención, por otro lado, también critica que el centro penitenciario de Sevilla II padece una rotación importante de funcionarios. En otras palabras, que los funcionarios de promociones más recientes cambian de destino al poco tiempo de tomar posesión de su plaza. Un escenario que «va en perjuicio de la gestión del centro y del trato a las personas privadas de libertad». Por este motivo, el Defensor del Pueblo ha solicitado a la Secretaría General de IIPP que controle este tipo de problemas con el personal en las prisiones en las que suceda e incentive la permanencia en los mismos de los trabajadores con ventajas «como la acumulación de jornadas de trabajo, días de descanso y la oferta formativa». 

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